El área privada construida, podrá modificarse en caso de que sea ordenado por la curaduría o alcaldía en la expedición de licencias. Área privada construida es la extensión superficiaria cubierta de cada bien privado, excluidos los bienes comunes localizados dentro de sus linderos. Dentro de esta área se encuentra el espacio ocupado por los muros interiores de carácter privado. El área total construida es el área total de los bienes de dominio privado incluida el área ocupada por algunos bienes comunes que los circunscriben o se encuentran en su interior, tales como ductos y buitrones de ventilación, muros estructurales, muros medianeros, muros de fachada, así como los otros que sean señalados en los planos de propiedad horizontal. El precio puede variar por condiciones del mercado y disponibilidad de unidades. Los renders, materiales gráficos, modelos, dimensiones, especificaciones y cualquier material publicitario del proyecto son propuestas del desarrollador únicamente.